Plan de Igualdad
El plan de igualdad es para igualar las oportunidades entre mujeres y hombres de la empresa. Su objetivo es eliminar la discriminación por razón de sexo, y deben establecerse de forma negociada entre la empresa y la representación legal de los trabajadores.
Estas medidas fueron asentadas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.
¿Cuándo se debe implementar?
¿Qué debe incluir?
¿Cómo hacerlo?
Leyes que lo regulan
Sus beneficios
Hasta ahora, si tu empresa tenía más de 250 trabajadores, podías implementar el plan de igualdad, con el objetivo de cumplir con tu responsabilidad social o mejorar tu imagen corporativa.
Ahora, con la nueva entrada de Real decreto-Ley 6/2019, reduciendo de 250 a 50 el número de trabajadores, es necesario y obligatorio que tu empresa implemente un plan de igualdad.
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Contratación y selección de personal.
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Formación de trabajadores.
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Clasificación y categorías profesionales.
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Condiciones laborales (salario, jornada de trabajo, vacaciones, permisos, etc.)
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Representación femenina en la empresa.
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Conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
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Prevención del acoso por razón de género.
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Comisión de igualdad: su misión es recabar el compromiso de la dirección de la entidad en la implantación real de un Plan de Igualdad laboral en la organización, establecer el calendario de reuniones y adoptar los acuerdos necesarios.
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Diagnóstico: su función es recoger información, realizar un análisis de la situación de la empresa, identificar aquellas situaciones que fomentan la discriminación y formular propuestas para solucionar estas situaciones.
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Elaboración del Plan de Igualdad: define los objetivos que se pretenden alcanzar, propone medidas y asigna los recursos necesarios para llevar a cabo las medidas propuestas.
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Ejecución de las medidas: inscribir el Plan en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, comunicarlo tanto a nivel interno como de forma externa e implantar las medidas propuestas anteriormente.
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Control: para comprobar el cumplimiento de dichas acciones y sus resultados.
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Se analizan los resultados para detectar aspectos a mejorar del Plan y posibles iniciativas de cara al futuro.
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Ley Orgánica 3/200, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
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Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
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Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
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Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación
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Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo
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Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres
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Garantizan la igualdad entre mujeres y hombres y mejorar la convivencia dentro de la empresa.
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Eliminan modelos de conducta anclados en el pasado que siguen presuponiendo la superioridad del hombre sobre la mujer.
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Contribuyen a la conciliación de la vida laboral y familiar, para ambos sexos.
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Ayudan a cumplir la normativa y evitar multas y sanciones.
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Establecen medidas efectivas para luchar contra problemas de discriminación por género o de acoso sexual.
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Influyen de forma positiva en el ambiente de trabajo, lo que también repercute en la competitividad y productividad de la empresa.
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Facilita que la adaptación de las empresas y sus trabajadores a futuras modificaciones de la normativa sea menos traumática.
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